¿Cuál es el setup mínimo de cumplimiento de IA para un despacho español de 10-50 letrados?+
Para un despacho de 10-50 letrados, el mínimo realista son cuatro documentos y un responsable nombrado, no un departamento de cumplimiento de 12 personas. Los cuatro documentos: (1) una Política de Uso Aceptable de IA — qué herramientas pueden usar los abogados, qué categorías de datos pueden salir del perímetro, cuándo el asunto exige el tier on-premise o de retención cero, y qué prompts requieren siempre autorización de socio; (2) un Registro de IA siguiendo la lógica del artículo 26 del Reglamento de IA — una fila por sistema de IA en uso (el copiloto del case management, la herramienta de extracción documental, el chatbot de marketing), con su tier de riesgo bajo el artículo 6, responsable, categoría de dato y referencia al DPA del proveedor; (3) un Anexo de Aviso al Cliente que se adjunta a la hoja de encargo cuando se va a usar IA de forma material en el asunto, satisfaciendo la expectativa de consentimiento informado que ICAM y el CGAE han señalado; (4) una checklist de revisión trimestral que toque la guía de la AEPD sobre decisiones automatizadas, la retención de logs del Reglamento de IA, y el alineamiento con el Esquema Nacional de Seguridad si el despacho lleva asuntos de sector público. El responsable suele ser el Director de Cumplimiento o, en despachos sin esa figura, un socio senior con horas explícitamente asignadas — típicamente 4-6 horas al mes, no un rol completo. Más estructura a esa escala se convierte en papel mojado; menos deja al despacho expuesto en una inspección colegial o una auditoría de cliente.